La tasa consular de €250 queda eliminada para determinados hijos menores italianos nacidos en el extranjero a partir del 24–25 de mayo de 2025, siempre que la declaración de adquisición se presente dentro del plazo ampliado; la medida es limitada y su aplicación práctica depende de la interpretación administrativa del Consulado.
Marco y alcance de la medida
En la reciente maniobra legislativa italiana se aprobó un paquete que suprime la tasa de €250 para los hijos menores italianos residentes en el extranjero en los procedimientos de adquisición de la ciudadanía, como resultado de iniciativas parlamentarias impulsadas por el MAIE y apoyos en la Comisión de Presupuesto. Paralelamente, se introdujo una extensión del plazo para la adquisición por beneficio de ley para menores nacidos a partir de mayo de 2025, ampliando el tiempo disponible para presentar la declaración. Estas disposiciones han sido objeto de debate político y de interpretaciones administrativas divergentes en la prensa especializada.
Quiénes se benefician y quiénes no
- Se benefician: menores nacidos en el extranjero a partir del 24–25 de mayo de 2025 cuya adquisición de ciudadanía se tramite mediante la declaración prevista por la normativa; declaraciones presentadas dentro del nuevo plazo y con la documentación exigida.
- No se benefician: menores nacidos antes de la fecha indicada; adultos que reclaman ciudadanía por ius sanguinis; casos con documentación incompleta o sin prueba de filiación válida.
Tabla comparativa de criterios decisivos
| Criterio | Acceso a exención | No acceso |
|---|---|---|
| Fecha de nacimiento | Nacidos desde 24–25 mayo 2025 | Nacidos antes de esa fecha |
| Plazo de presentación | Dentro del plazo ampliado (nuevo término – 3 años) | Fuera del plazo |
| Documentación | Partidas y prueba de filiación completas | Documentación incompleta |
| Tipo de trámite | Declaración de adquisición para menores | Reclamación de ius sanguinis de adultos |
Recomendaciones prácticas desde CMT Estudio de Abogados
- Verifique la fecha de nacimiento del menor frente a la fecha de entrada en vigor de la norma; la exención es temporal y ligada a ese corte cronológico.
- Presente la declaración dentro del plazo ampliado y conserve acuses y constancias de presentación ante el Consulado.
- Reúna documentación completa: acta de nacimiento del menor, prueba de ciudadanía del progenitor, reconocimientos o sentencias de filiación cuando proceda.
- Consulte al Consulado italiano competente en Perú antes de efectuar pagos: la práctica administrativa puede requerir aclaraciones o formularios adicionales.
- Asesoría legal especializada: si hay dudas sobre la aplicabilidad (adopciones, reconocimientos tardíos, doble filiación), solicite evaluación caso por caso.
Riesgos y limitaciones
- No retroactividad para nacimientos anteriores a la fecha indicada; intentos de aplicar la exención fuera del marco temporal pueden ser denegados.
- Interpretaciones consulares variables que pueden exigir recursos administrativos si la exención es rechazada en primera instancia.
- Costes indirectos por trámites, traducciones y legalizaciones aun cuando la tasa sea exonerada.
Conclusión
La eliminación de la tasa de €250 para ciertos menores es una oportunidad concreta pero limitada: beneficia a quienes cumplen los requisitos temporales y documentales; no constituye una solución general para reclamaciones de ciudadanía por ascendencia. En CMT Estudio de Abogados ofrecemos evaluación personalizada y acompañamiento en la preparación documental y en la presentación ante el Consulado para maximizar la probabilidad de éxito.

